jueves, 17 de noviembre de 2011

¿A quién beneficia?


Me entero de que unas religiosas de clausura, las monjas clarisas de Monzón, elaboran diversos tipos de dulces y que con determinados productos navideños ya “han dado el salto” al mercado nacional. El Corte Inglés, que no da puntada sin hilo, ya ha encargado 2.800 tabletas de turrón de chocolate con almendras para comercializarlo en todas sus tiendas. En principio, nada que objetar. De trata de un toma y daca. Seguro que si el producto es de buena calidad se venderá “como rosquillas”. En este sentido, la abadesa, sor Alegría, ha manifestado a los medios informativos que “todo lo recaudado irá destinado para mantener el monasterio”. Sí, todo apunta hacia un interés muy desinteresado. Pero hay algo que habría que analizar en este mercadeo. Me explico. Es un hecho cierto que el Estado español es el que mejor trata a la Iglesia Católica. Como nos recordaba Fernando González Urbaneja en un suelto (“Los acuerdos Iglesia-Estado”, 20 minutos.es, 14.11.2005), al afirmar que “el régimen de Franco salió del ostracismo internacional con ayuda del Vaticano. (…) Que Franco fuera generoso con la Iglesia católica era lógico, de agradecido; la jerarquía católica bendijo su régimen y le apoyó hasta los años finales, hasta que mostró grietas evidentes.(…) La Transición se hizo también con apoyo eclesial. El sermón de Tarancón comprometió a la Iglesia con el cambio de régimen y la democracia. De manera que la ratificación del Concordato, suscrita en enero de 1979 por Marcelino Oreja y el cardenal Villot tenía lógica y respondía a intereses recíprocos.(…) Los socialistas hicieron otro tanto durante la etapa de González. Pero las relaciones entre Iglesia y Estado empezaron a agrietarse, entre otras razones por la pérdida de influencia del clero y por el desarrollo de un estado laico, acorde con la Constitución. Con el PP –gobierno Aznar- la Iglesia recuperó maniobra y oportunidad para ganar posiciones”. Bueno, dejémoslo ahí. Pero, ¿adónde pretendo llegar aireando estos trapos? Pues, sencillamente, al apartado económico de aquellos lejanos Acuerdos firmados el 3 de enero de 1979, que sustituían a otros de 1953 negociados desde la acuciante necesidad de reconocimiento internacional de la España franquista. Como nos recordaba el profesor Santiago Castellá (profesor de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universitat Rovira i Virgili de Tarragona), “en el terreno fiscal se excluye a la Iglesia de impuestos sobre la renta (IRPF) y sobre el consumo (IVA), de pagar contribuciones urbanas por sus edificios (incluidas las residencias de sacerdotes, locales de oficinas, seminarios, conventos, y edificios de culto), de pagar impuestos reales sobre la renta y el patrimonio, además de estar totalmente exenta del impuesto por donaciones y sucesiones (siendo deducibles del IRPF los bienes donados a la Iglesia)”. En consecuencia, en sus transacciones comerciales entre las monjitas de Monzón (vendedor) y El Corte Inglés (comprador) no puede aplicarse el IVA correspondiente en sus facturaciones donde, como se sabe, el que vende cobra y el que compra paga. Por tratarse, en este caso, de un negocio entre la Iglesia Católica y una sociedad anónima, deberemos hacernos la pregunta en latín: ¿quo prodis?

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