sábado, 8 de mayo de 2010

Sin fisuras

Todos los demócratas españoles deseamos la pronta recuperación de Don Juan Carlos. Al margen de la forma de Estado que pretendemos conseguir un día los que, como yo, nos sentimos republicanos, no debemos menospreciar un ápice el importante papel que la Corona está desempeñando desde el ya lejano 22 de diciembre de 1975. Al César lo que es del César. No obstante, al margen de la situación transitoria en la salud del Rey, sería conveniente que las Cortes Generales elaboraran cuanto antes una Ley de la Corona para el caso de un prolongado padecimiento que inhabilitase al Monarca a ejercer sus funciones institucionales contempladas en el artículo 59.2 de la Carta Magna, referida a las situaciones que deben darse para la regencia de España por el Príncipe Heredero. Juan José Solozábal, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Autónoma de Madrid, recuerda hoy en las páginas de “El País” lo siguiente: "hay que tener en cuenta que el desempeño de las mayor parte de las funciones constitucionales del Rey, como por ejemplo la sanción de las leyes, no es instantáneo. Para este caso -el de la sanción- tiene un plazo de 15 días. Es decir, de momento al menos no existe bruma espesa sobre el horizonte político. Gerardo Ruiz-Rico, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Jaén, aclara en ese mismo medio que “en una monarquía parlamentaria, su papel de moderador de las instituciones –referido al papel del Monarca-- se limita a rubricar los actos de otros órganos del Estado, cuyo contenido, además, es decidido por éstos últimos. Se trata de facultades regias de carácter simbólico que no se encuentran en peligro ante la enfermedad y convalecencia del Rey". En suma, podemos dormir tranquilos.

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