A Javier Krahe le ha citado a
juicio para el próximo martes la Audiencia Provincial
de Madrid por un corto en el que se
explica paso a paso la receta para cocinar un cristo crucificado, aderezado con
mantequilla y hierbas aromáticas. Todo parte de una entrevista en 2004, en el programa de Canal Plus “Lo
más plus”, donde se emitió el
corto "10 comentarios"
(de Javier Krahe y Enrique Seseña) producido en 1977, y que molestó a Jesús de
Polanco, propietario de la cadena. Como hoy describe el diario El País, “El
Centro Jurídico Tomás Moro pesentó (sic) una querella criminal por escarnio de
las creencias religiosas invocando el artículo 525 del Código Penal, que
establece una pena de ocho a doce meses para aquellos que ‘ofendan los sentimientos
de los miembros de una confesión religiosa’. El centro Tomás Moro, que se
manifiesta en defensa de ‘la dignidad de la persona, de la familia y de los
derechos humanos’, asegura que esta es la primera vez que se aplica el artículo
525, que algunos juristas consideran algo parecido a una ley antiblasfemia
encubierta”. En efecto, la Ley Orgánica
10/1995, de 23 de noviembre, así lo establece. Sin embargo, a mi entender, el
citado artículo 525 del Código Penal entra en un evidente encontronazo con el artículo
20 de la Constitución
Española, donde se reconocen y protegen los derechos “a
expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la
palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción”. Por tanto, Javier
Krahe o cualquier otro ciudadano de este país está en su soberano derecho de
expresar su opinión como le venga en gana. Ya conocen el viejo refrán: “quien
se pica, ajos come y, si le pica, que se rasque”. A mí me molestan, y mucho,
las necedades que lanza a la rosa de los vientos un día sí y al otro también el
actual obispo de Alcalá de Henares, Juan Antonio Reig Plà. Y no pasa nada.
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