jueves, 14 de diciembre de 2017

Afán recaudatorio




El afán recaudatorio del Gobierno puede llegar a límites insospechados. También a mover a risa. Ahora resulta que aquel que recibe un lote de aguinaldo navideño está en la obligación declarar el importe del mismo por ser considerada tal donación empresarial como ingresos en especie. Lo que ya no sé es cómo debe calcular su importe el receptor si ese dato no se lo proporciona la empresa en la que presta sus servicios. Día llegará, a este paso, en el que al dar una limosna a un pobre, nos veamos en la obligación de que el inope receptor de unas monedillas nos firme un recibo de entrega. Productos en especie es el uso, consumo u obtención de bienes, derechos o servicios de forma gratuita o a precio inferior de mercado para fines particulares, aunque no supongan un gasto real para quien los conceda, siempre que no supere el 30% de las percepciones del trabajador. Dicho al estilo de Montoro: sobre el valor de la retribución en especie debe practicarse un ingreso a cuenta, que funciona del mismo modo que las retenciones. Ese ingreso se imputa al trabajador. Corresponde a la empresa calcularlo e ingresarlo en la Agencia Tributaria en el modelo 111, junto con el resto de retenciones e incluirlo también en el modelo 190, de manera que el trabajador puede ver las cuantías reflejadas en sus datos fiscales para hacer la Declaración de la Renta. Algo parecido sucedía (lo digo en pasado porque a día de hoy las entidades bancarias no dan ni un celemín) cuando los bancos hacían “regalos” por domiciliar una nómina, abrir un depósito, etcétera. Tributaban en la Renta como rendimientos del capital mobiliario. Y si toca la lotería está uno copado. Al ir a cobrarla, le practicarán una retención del 20 % de todo aquello que exceda de 2.500 euros. De ese modo, el perceptor agraciado sólo tendrá que anotar el premio en su declaración de Renta. Se dijo en 2013 que sería una medida temporal para conseguir ingresos adicionales en momentos de crisis económica. Pero esa “medida temporal” continúa en vigor desde entonces. Vamos, que el gordo ya no es tan gordo, cuando los 400.000 euros del décimo se quedan en 320.500. Es, como en las latas de atún, el peso escurrido excluidos los vinagres.

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