Ha hecho lo correcto el papa
Francisco en indicar, como así lo ha hecho, que “pagar salarios sin soporte
de nómina es un pecado gravísimo”. “No hagan –ha dicho, refiriéndose a los
patronos desaprensivos- donativos a la Iglesia para soportar las
injusticias que comete con sus empleados. Es utilizar a Dios para encubrir la
injusticia”. Supongo que el ministro Montoro habrá aplaudido con las
orejas, al considerar que los españoles son en su mayoría católicos. Pero,
claro, aquí habría que hacer ciertas matizaciones. Los salarios fuera de nómina
constituyen un delito y deben de ser perseguidos. Es evidente que si el Estado
no recauda, mal se pueden hacer hospitales y carreteras. También es indudable
que si un trabajador cobra fuera de nómina, mal lo va a tener a la hora de su
jubilación. Dicho eso, habría que matizar que por los Acuerdos firmados en 1979
entre España y la
Santa Sede, en su apartado IV, artículo IV
(Asuntos Económicos), se señalan diversas exenciones: A) Exención total de la Contribución
Territorial Urbana en los siguientes inmuebles: Templos,
capillas, residencias de los obispos, oficinas de la Curia, seminarios destinados
a la formación del clero, edificios destinados a conventos, etcétera. B)
Exención total de los impuestos sobre Sucesiones y Donaciones, y Transmisiones
Patrimoniales, etc. No sigo, por no extenderme demasiado. Podría haber aclarado
el papa Francisco que todo aquello que se defrauda al Fisco va en menoscabo de
los servicios sociales, tan necesarios
en los tiempos que corren. Todos le hubiésemos entendido. Los pecados afectan a
la conciencia de los creyentes. Los delitos afectan a todos los ciudadanos. Esa
es la diferencia.
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