miércoles, 8 de marzo de 2017

Romance de ciego




Todos tenemos un pasado lleno de luces y sombras. Pretender, como pretende Cristina de Borbón, tener derecho al olvido me parece labor harto dificultosa tratándose de un personaje público. A mi entender, a Cristina de Borbón se le podrá quitar, como así lo hizo su augusto hermano, el título de duquesa de Palma; de la misma manera que se le pudo quitar el nombre a una calle en la isla de Mallorca y se le podría quitar su nombre a una fragata, a un hospital, etcétera. La infanta tiene derechos en la sucesión a la Corona y a que se le anteponga a su nombre y apellidos la cursilada de alteza real. Pero su derecho al olvido es cosa distinta. Nadie puede olvidar la Historia de España ni olvidar a las dinastías ni a los monarcas que, con mayor o menor acierto, reinaron a lo largo de cada tiempo histórico. Sucede algo parecido con el delito de odio, contemplado en el artículo 510 del Código Penal. Nadie debe incitar a la discriminación, a la violencia o a lanzar afirmaciones injuriosas en los medios con el único ánimo de perjudicar. Pero nadie puede, sin embargo, evitar que un ciudadano sienta repulsión por otro, ni tampoco sentir una cierta antipatía ante un  cuadro, una música o la corrupción de un partido político, entendidos todos ellos como una intensa sensación de desagrado para el que así lo siente. Descartes entendía el odio como la conciencia de que algo está mal. Y la conciencia colectiva de muchos ciudadanos, entre los que yo me encuentro, entiende que Cristina de Borbón o “La Eva”, (pseudónimo con el que se ocultó su nombre en varios documentos de la sentencia del Caso Nóos) salió absuelta, pero no convenció a casi nadie. El derecho al olvido, que ella pretende, se conseguirá en parte, pese a mi oposición.  De hecho, el CGPJ elimina los nombres reales de las sentencias, y en los documentos que quedarán para la Historia, figurarla que “doña Eva”, esposa de “don Julio” (que así se hace referencia a Urdangarín), “fue absuelta como cooperadora de dos delitos fiscales cometidos por su marido a través de la sociedad matrimonial, donde se desvió dinero público captado por el Instituto Nóos gracias a las adjudicaciones aprobadas por políticos de máxima responsabilidad”. (Informalia, 06/03/2017). Y así quedará en el buscador oficial de jurisprudencia, encargado de conservar las sentencias judiciales y facilitar su consulta en las próximas generaciones. O sea, para entendernos: el Caso Nóos estuvo perpetrado por “don Julio”, su exsocio “don Cecilio” (Diego Torres) y el político “don Bernardo” (Jaume Matas), entre otros. Y aquí, como en el paso de Roncesvalles, con la grande polvareda / perdimos a don Beltrán, digo a “doña Eva”. Habrá que dedicarles un romance de ciego en pliegos de cordel que procuren ser escuela de buenas costumbres. Los grabados se los podríamos encargar a Furillo (Ignacio Murillo), del que me consta que posee habilidad bastante. "Y aquí se acaba el romance/ que en el pliego escrito está, / sólo dos céntimos cuesta/ a quien lo quiera llevar".

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