Todos tenemos un pasado lleno de
luces y sombras. Pretender, como pretende Cristina
de Borbón, tener derecho al olvido
me parece labor harto dificultosa tratándose de un personaje público. A mi
entender, a Cristina de Borbón se le podrá quitar, como así lo hizo su augusto
hermano, el título de duquesa de Palma;
de la misma manera que se le pudo quitar el nombre a una calle en la isla de
Mallorca y se le podría quitar su nombre a una fragata, a un hospital,
etcétera. La infanta tiene derechos en la sucesión a la Corona y a que se le
anteponga a su nombre y apellidos la cursilada de alteza real. Pero su derecho al olvido es cosa distinta. Nadie
puede olvidar la Historia
de España ni olvidar a las dinastías ni a los monarcas que, con mayor o menor
acierto, reinaron a lo largo de cada tiempo histórico. Sucede algo parecido con
el delito de odio, contemplado en el artículo 510 del Código Penal. Nadie debe incitar a la discriminación, a la
violencia o a lanzar afirmaciones injuriosas en los medios con el único ánimo
de perjudicar. Pero nadie puede, sin embargo, evitar que un ciudadano sienta
repulsión por otro, ni tampoco sentir una cierta antipatía ante un cuadro, una música o la corrupción de un
partido político, entendidos todos ellos como una intensa sensación de
desagrado para el que así lo siente. Descartes
entendía el odio como la conciencia de que algo está mal. Y la conciencia
colectiva de muchos ciudadanos, entre los que yo me encuentro, entiende que
Cristina de Borbón o “La Eva”, (pseudónimo con el
que se ocultó su nombre en varios documentos de la sentencia del Caso Nóos) salió absuelta, pero no
convenció a casi nadie. El derecho al
olvido, que ella pretende, se conseguirá en parte, pese a mi
oposición. De hecho, el CGPJ elimina los nombres reales de las
sentencias, y en los documentos que quedarán para la Historia, figurarla que
“doña Eva”, esposa de “don Julio”
(que así se hace referencia a Urdangarín),
“fue absuelta como cooperadora de dos delitos fiscales cometidos por su marido
a través de la sociedad matrimonial, donde se desvió dinero público captado por
el Instituto Nóos gracias a las
adjudicaciones aprobadas por políticos de máxima responsabilidad”. (Informalia, 06/03/2017). Y así quedará
en el buscador oficial de jurisprudencia, encargado de conservar las sentencias
judiciales y facilitar su consulta en las próximas generaciones. O sea, para
entendernos: el Caso Nóos estuvo
perpetrado por “don Julio”, su exsocio “don
Cecilio” (Diego Torres) y el
político “don Bernardo” (Jaume Matas),
entre otros. Y aquí, como en el paso de Roncesvalles, con la grande polvareda / perdimos a don Beltrán, digo a “doña
Eva”. Habrá que dedicarles un romance de ciego en pliegos de cordel que
procuren ser escuela de buenas costumbres. Los grabados se los podríamos
encargar a Furillo (Ignacio Murillo), del que me consta que
posee habilidad bastante. "Y aquí se
acaba el romance/ que en el pliego escrito está, / sólo dos céntimos cuesta/ a
quien lo quiera llevar".
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