En mi modesto quehacer de antes de ayer, sábado, hacía
referencia a Azorín, del que se
cumplieron cincuenta años de su muerte el pasado dos de marzo. Y terminaba
señalando que, a su muerte, el sillón P
de la Real Academia Española lo ocupó Guillermo Díaz Plaja. Hoy, aprovechando que es La Diada, quiero recordar un
artículo de Díaz-Plaza no recuerdo ahora si aparecido en La
Vanguardia, de
Barcelona, o en Ya, de Madrid, que
eso es lo de menos porque entonces (a mediados los años 60) escribía artículos
en ambos periódicos bajo el título genérico de “¿Cartas a quién?”. En aquel artículo, que Díaz-Plaja tituló “Son cuatro reglas”, venía a señalar que
al Estado le competería establecer normas para la correcta pronunciación de
topónimos y gentilicios referidos a las diversas lenguas que se hablan es ente
país dentro de la especialidad académica de Lenguas
Románicas. Y contaba algo al respecto: “Me acuerdo que una tarde en el
saloncillo de la Academia,
don Gregorio Marañón me preguntó:
--¿Va usted a ir mañana al acto de la calle Fortuny?--. Como él pronunció ‘Fortuny’, yo le corregí
–‘Fortuñ’—sonriendo, y él me dijo: --Tiene usted razón, no me sucederá más--. Y
luego, cogiéndome del brazo, como él solía hacerlo, y agravando la voz, me
dijo: --Pero, ¿cuándo nos han enseñado esto a los españoles?--. Tenía razón. Y
‘esto’ son unas pocas reglas, que bien podríamos llamar ‘reglas de buen juego’. Digamos cuatro: la ny se pronuncia ñ; la ch
final se pronuncia c; la ig final se
pronuncia ch; la g y la j suenan suaves. Aprenderse esto cuesta
apenas unos minutos. ¡Y cuántas molestias se evitarían! Son cuatro reglas. Y un
poco de buena voluntad”. Pero, claro, ese “un
poco de buena voluntad” que deseaba Díaz-Plaja no se le podía pedir a Franco tras la victoria de los
insurrectos. Y añado este colofón: “5/08/1940: circular del Gobierno Civil de
Barcelona sobre ‘El uso del idioma
nacional en todos los servicios públicos’, recogiendo lo dispuesto en el
BOP del 31 de julio de 1940. En él se proclama el español como único idioma
válido para la vida pública, al tiempo que relega los idiomas ‘regionales’ a la
vida privada. La primera disposición señala que ‘todos los funcionarios interinos de las Corporaciones provinciales y
municipales de esta provincia, cualesquiera que sea su categoría, que en acto
de servicio, dentro o fuera de los edificios oficiales, se expresen en otro
idioma, que no sea el oficial del Estado quedarán ipso facto destituidos, sin
ulterior recurso’. En el documento se pueden ver las firmas de todos los
funcionaros del Ayuntamiento de Manresa, ya que fueron obligados a firmar el
correspondiente enterado. Algunos funcionarios del cuerpo de guardias de paseo
firmaron con la huella dactilar por no saber escribir”.
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