Me
van a permitir que dé nombre a mi escrito de hoy con el título de una canción
de Gato Pérez, esa que dice: “Se
funde la máquina/ de noche y de día/ y el artista cada noche/ se juega la vida”.
Sobre las últimas sentencias del caso
Gürtel conocidas hoy, la Audiencia Nacional entiende que las cónyuges “no
eran simples objetos” en las tramas corruptas, en referencia a Ana Mato, Rosalía Iglesias y Carmen
Rodríguez Quijano. Es –lo leo en El
País-la llamada “Teoría de la
ignorancia deliberada”, cuando la realidad es que ellas habían sido
partícipes a título lucrativo. No eran precisamente las manolas de Federico
García Lorca: “Granada, calle de Elvira, / dónde viven las manolas, / las que
se van a la Alhambra, / las tres y las cuatro solas. / Una vestida de verde, /
otra de malva, y la otra, / un coselete escocés / con cintas hasta la cola”. Pero bueno, a lo que iba, existe una sentencia
del Tribunal Supremo que definía la "Teoría de la ignorancia deliberada" de la
siguiente manera: “Quien se pone en situación de ignorancia deliberada, sin
querer saber aquello que puede y debe saberse, y sin embargo se beneficia de la
situación, está asumiendo y aceptando todas las consecuencias del ilícito
negocio en el que voluntariamente participa”. Y a todos los ciudadanos
habituales lectores de prensa y televidentes con capacidad de análisis de los
diversos informativos (con la excepción de Radio
Televisión Española) nos vienen a la cabeza por asociación de ideas
aquellas declaraciones en sala de vistas de Cristina de Borbón en el caso concreto donde se imputaba a Iñaki Urdangarín en el Caso Nóos. La hija segunda del entonces jefe
del Estado Juan Carlos de Borbón
también dijo en su día desconocer los “trabajos” de su marido arguyendo que “no
hablaban de esos temas”. Finalmente Cristina de Borbón fue absuelta de toda
culpa por los delitos que le imputaba el sindicato Manos Limpias, que ejercía la acusación. La Audiencia Provincial de
Baleares entendió que Cristina de Borbón “no gestionó, no decidió, no autorizó
ni participó en los presuntos delitos fiscales de su marido”. El tribunal dio
por buenas las tesis del fiscal Pedro
Horrach y de la Agencia Tributaria
(frente a las acusaciones del juez
Castro y de la abogada de Manos
Limpias, Virginia López Negrete)
de que Cristina de Borbón “no pudo ser cooperadora necesaria de los dos delitos
fiscales por los que fue condenado su marido porque ella no era administradora
de la sociedad Aizoon, ni tenía firma, ni existía prueba de que conociera que
su marido estaba declarando sus ingresos personales como ingresos de la
sociedad familiar”. ¿Hubo trato de favor hacia la infanta? Yo, al menos, no lo
sé ni tengo capacidad bastante para valorarlo. Pero hay ciudadanos que entienden
que todo aquello pareció como salido de una fantasía con mucho de pesadilla, o al revés. El
pensamiento es libre, o sea.
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